domingo, 14 de agosto de 2016

Se podrá elegir el banco en el que cobrar el sueldo

El Banco Central puso en rigor una nueva normativa de las cuentas bancarias.


El Banco Central dispuso ayer una serie de cambios en las normativas de las cuentas bancarias, entre las cuales la más destacada es la que permite a los trabajadores elegir la entidad financiera en la que le depositen sus haberes.

En un comunicado, la autoridad monetaria aseguró que las modificaciones apuntan a “facilitar la migración de clientes entre las entidades financieras como una vía para promover la competencia y agilizar el funcionamiento del sistema”.

Entre otras medidas, el BCRA determinó que las cuentas sueldo puedan ser abiertas a solicitud del empleado y no exclusivamente por pedido del empleador, tal como sucedía hasta ahora:  “De ese modo, el trabajador podrá solicitar que su empleador le deposite sus haberes en una entidad financiera de su elección“, indicó el BCRA.

Asimismo, la normativa deja en claro que en algunos regímenes laborales especiales, tales como el del empleo doméstico y el trabajo agrario, la cuenta sueldo debe ser utilizada como mecanismo de pago de remuneraciones.

También se estableció que, a partir del 1° de noviembre, los bancos deberán permitir a sus clientes abrir y cerrar cuentas bancarias a través de homebanking, pudiendo ofrecer también otras vías como banca telefónica, correo electrónico o cajeros automáticos. El mismo criterio operará para que el usuario pueda dar de baja las tarjetas de crédito, tanto bancarias como no bancarias, sin necesidad de presentarse en una sucursal.

La normativa estableció además que todos los certificados de plazos fijos emitidos en papel pueden ser compensables entre las entidades. Por ello, un certificado de plazo fijo de un banco, a su vencimiento, podrá ser depositado en una cuenta de otro banco del mismo titular.

Fuente: Fortuna Web

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