UN MILLAR DE JUBILADOS DOCENTES YA INICIÓ EL PROCEDIMIENTO
El beneficio obtenido no tiene vinculación con las demandas que iniciaron por vía judicial. El trámite para conseguirlo es gratuito.
Al cruce. Isauro Molina , titular de ANSES.
"Ningún trámite en ANSES necesita gestores y todos son gratuitos", indicó. La aclaración de Molina llegó a colación de un reclamo que jubilados plantearon a este medio. Según comentaron, existiría una profesional que reclamó al sector -a los que representa en el litigio por el cobro de la movilidad- que abonen un 20% de lo percibido en concepto de honorarios. El planteo fue realizado en los últimos encuentros de los jubilados autoconvocados y la reunión terminó en una polémica.
El 24 de junio de este año el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación publicitó la circular sobre movilidad docente. Por la misma, los docentes nacionales y los docentes provinciales jubilados y transferidos a la Nación comenzarían a gozar de la implementación de la movilidad docente, establecida en la ley 24. 016, que es el Régimen Especial Docente. El cálculo de esa movilidad se realiza a partir de determinados coeficientes y es particular para cada beneficiario.
Los docentes jubilados catamarqueños debían iniciar un trámite de adhesión a la resolución 137 y completar una declaración jurada en la que consta cuál ha sido su carrera. Por este concepto, docentes jubilados ya comenzaron a percibir en octubre un retroactivo que en algunos casos supera a los $ 10 mil pesos e incluso llegó hasta más de $ 30 mil. A partir de los meses siguientes, el sector pasivo percibe la recomposición salarial que otorga la Nación y, a su vez, disminuye la asignación complementaria que paga la Provincia.
Isauro Molina ratificó que para iniciar el trámite, los jubilados presentan una nota, una declaración jurada certificada por la Provincia y a partir de allí se da inicio al expediente. En otras provincia la percepción es automática pero aquí corresponde comenzar la gestión porque "el sistema no discrimina a los que son docentes de aquéllos que no lo son. En Catamarca todos los empleados se jubilaron por la ley 4094. El sistema no discrimina a quién es docente de quién no lo es. Los jubilados deben iniciar el trámite", ratificó
Desde la Asociación de Jubilados Autoconvocados, Hermes Agüero dijo que no conocía de algún pedido efectuado por abogados a algún asociado en particular. De todos modos, el criterio es que correspondería pagar honorarios. " Entiendo que todo lo que haya promovido algún beneficio para el jubilado está dentro del juicio", comentó y explicó que la movilidad docente llegó a partir del reclamo que la institución inició por la vía judicial.
El máximo responsable de Anses en la Provincia dejó en claro que el beneficio llega por una resolución administrativa y no por alguna sentencia judicial.
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