Como resultado de las actuaciones iniciadas el 23 de septiembre de este año, a partir de reclamos planteados públicamente y por vía administrativa por Asociaciones de Jubilados de Catamarca, Defensoría del Pueblo de la Nación arribó a una resolución que señala que es obligación de ANSES pagar el 82% móvil a los jubilados y pensionados catamarqueños transferidos.
En una reunión mantenida esta mañana con voceros de las entidades de jubilados y autoridades de la Oficina Provincial de Asuntos Previsionales, (OPAP), el Defensor del Pueblo de la Nación Adjunto, Dr. Juan Jesús Minguez, manifestó: “Luego de evaluar la documentación, el Convenio de Transferencia de la Caja Previsional Provincial, la Constitución Provincial en su artículo 180º, y la legislación previsional provincial, se advirtió que es responsabilidad excluyente de ANSES pagar el 82% móvil a los jubilados catamarqueños transferidos”.
“El Gobierno de Catamarca usa recursos para sustentar el 82% móvil para no dejar desprotegidos a los jubilados, cuando la obligación de pago es exclusiva de ANSES, que por su parte tiene los fondos suficientes para hacer frente a esta responsabilidad que asumió ante el Gobierno de Catamarca”, explicó Minguez.
Precisó los términos de la resolución de Defensoría del Pueblo de la Nación: “Se recomienda a ANSES que cumpla la cláusula 3º del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional Provincial a la Nación, en virtud a la movilidad de las prestaciones otorgadas en base a la legislación provincial”.
En tal sentido, dicho organismo “recomienda” a ANSES que “de manera inmediata cumpla con la cláusula 3º del convenio de transferencia aplicando a la totalidad de los haberes de los jubilados las pautas de movilidad”.
Según indicó Minguez, ANSES tiene un plazo de 10 días hábiles contando a partir del 23 de noviembre para responder a los planteos realizados.
Finalmente, luego de agradecer la colaboración prestada por la Provincia en el proceso de investigación llevado adelante, indicó que la mencionada resolución “es una herramienta legal con la que ahora cuenta el Gobierno de Catamarca para hacer los reclamos por vía judicial, administrativa o mediante el diálogo, ante ANSES”.
En una reunión mantenida esta mañana con voceros de las entidades de jubilados y autoridades de la Oficina Provincial de Asuntos Previsionales, (OPAP), el Defensor del Pueblo de la Nación Adjunto, Dr. Juan Jesús Minguez, manifestó: “Luego de evaluar la documentación, el Convenio de Transferencia de la Caja Previsional Provincial, la Constitución Provincial en su artículo 180º, y la legislación previsional provincial, se advirtió que es responsabilidad excluyente de ANSES pagar el 82% móvil a los jubilados catamarqueños transferidos”.
“El Gobierno de Catamarca usa recursos para sustentar el 82% móvil para no dejar desprotegidos a los jubilados, cuando la obligación de pago es exclusiva de ANSES, que por su parte tiene los fondos suficientes para hacer frente a esta responsabilidad que asumió ante el Gobierno de Catamarca”, explicó Minguez.
Precisó los términos de la resolución de Defensoría del Pueblo de la Nación: “Se recomienda a ANSES que cumpla la cláusula 3º del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional Provincial a la Nación, en virtud a la movilidad de las prestaciones otorgadas en base a la legislación provincial”.
En tal sentido, dicho organismo “recomienda” a ANSES que “de manera inmediata cumpla con la cláusula 3º del convenio de transferencia aplicando a la totalidad de los haberes de los jubilados las pautas de movilidad”.
Según indicó Minguez, ANSES tiene un plazo de 10 días hábiles contando a partir del 23 de noviembre para responder a los planteos realizados.
Finalmente, luego de agradecer la colaboración prestada por la Provincia en el proceso de investigación llevado adelante, indicó que la mencionada resolución “es una herramienta legal con la que ahora cuenta el Gobierno de Catamarca para hacer los reclamos por vía judicial, administrativa o mediante el diálogo, ante ANSES”.
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