Guía Preventiva para evitar un Divorcio conflictivo con hijos menores
¿Esta por Divorciarse o separarse, tiene hijos menores de edad?
Esta guía esta dirigida para aquellos casos en donde no existen motivos reales que obliguen a la intervención Judicial. Podríamos establecer una Guía para las Separaciones bajo el concepto de Ganancias y Poder, pero el objetivo de la presente es evitar que pasen al estado de conflictividad irreversible.
Encontrarán sugerencias para sobrellevar en sus comienzos una instancia tan crítica como el Divorcio ó Separación, que va a condicionar el futuro de toda la Familia. La separación es siempre dolorosa y traumática, no importa el contexto, quien la decida, ó el culpable, invariablemente traerá enfrentamientos y los hijos no tienen participación en las decisiones y son los más afectados.
El divorciarse no debe entenderse como un fracaso o la obligación de destruir al otro, debe pensarse como un objetivo de proteger un futuro, una profesión, los hijos, los bienes y la salud. Resguardar el futuro del otro representa salvaguardar el Futuro de ambos. Esta protección no pasa por el apoderamiento de bienes e hijos, sino, en la preservación de las personas y la no pérdida de los bienes Familiares. Con la debida planificación y respeto es posible salvar el presente y el futuro de todos.
La separación no soluciona los conflictos, únicamente ubica a la pareja en residencias distintas, eliminando la cotidianeidad, las conductas de cada uno que molestaban, van a estar mas potenciadas y descontroladas. El primer objetivo a buscar es dialogar con el otro cónyuge, en la medida de lo posible, para conseguir un acuerdo y evitar un Juicio.
Situar a los hijos por encima de los intereses personales, dejando los caprichos y resentimientos a un lado. La separación es de la Pareja , no de los Hijos. No utilizarlos, no ponerlos como excusa, evitar considerarlos como una propiedad. No hablar ante ellos de cuestiones conflictivas y atinentes a la Pareja , no hablar mal del otro, no comentar sobre cuestiones Judiciales. Fomentar el vínculo con el Progenitor no conviviente y la familia extensa (Abuelos, Tíos, Primos). Establecer de entrada el Pernocte con el progenitor no conviviente. Fijar reuniones periódicas para ajustar detalles en la educación de los hijos.
Buscar abogados especialistas en temas de familias que garanticen la preservación de vínculos y bienes, con capacidad de negociación y de diálogo antes de una confrontación extensa que conlleva la destrucción económica y moral de todo el grupo familiar. Se desaconseja recurrir a un letrado con el que se tenga vínculo familiar, o abogado en causa propia.
Convenir una Custodia compartida de los hijos, a pesar que en Argentina no esta Legislada, surge de mutuo acuerdo, los hijos no son propiedad del padre o de la madre. La custodia compartida es lo más beneficiosa para ellos, pero exige por parte de los Progenitores una relación con dialogo, una negociación permanente y un crecimiento como Padres.
Si la Tenencia de los hijos recae en uno de los Progenitores hay que tener en cuenta que el otro no deja de ser Padre y debe ser respetada su opinión y espacios de decisión. La Patria potestad de los hijos sigue estando compartida, más allá que las decisiones diarias recaen en el Progenitor que detenta la Guarda.
El Régimen de visitas es un Derecho de los hijos, un Derecho y Obligación del Progenitor no conviviente y una Obligación y Responsabilidad a preservar el vinculo por parte del Progenitor conviviente. Establecer claramente como se distribuirán los cumpleaños, fiestas de fin de año, vacaciones. Ponerse de acuerdo en caso de enfermedad de los hijos y en la posible ausencia por días de parte del Progenitor conviviente para que los hijos pasen a cargo momentáneamente del otro Progenitor. En ausencia del Padre no conviviente, que el vinculo se extienda a los Abuelos. Participación de ambos Progenitores en las actividades escolares y en los controles médicos.
La vivienda, siendo propietarios, se recomienda venderla y con el importe que se perciba poder acceder a dos viviendas más modestas, cuyos gastos sean soportables para ambos cónyuges, si no es posible, preservarla como domicilio de los hijos hasta la mayoría de edad. Para tomar la decisión de venta de la vivienda se recomienda dejar pasar la primera etapa mas conflictiva, evitando que sea mal vendida.
Cuidar las fuentes de ingreso, lo primero que se ve afectado es el trabajo.
Buscar un Tercero, Familiar, Amigo, Profesional, que asuma la difícil responsabilidad de ayudarlos a pensar y a tomar decisiones lógicas y en protección a los hijos, evitando las presentaciones Judiciales para resolver cuestiones de la relación diaria. Respetando dicha intervención.
Evitar las discusiones, principalmente delante de los hijos y otras personas, la intimidad de la pareja y sus desacuerdos debe preservarse de miradas y opiniones de otros. Dejar de lado las recriminaciones de la convivencia, ya que han decidido la separación, controlando la ira, los castigos, la venganza.
Evitar la intervención y opinión de personas ajenas a la Pareja disuelta (Familiares), salvo que ambos estén de acuerdo.
Es aconsejable asesorarse con un abogado sobre la forma de establecer el Régimen económico tras la separación y comprender que las obligaciones son hacia los hijos, por lo que lo más conveniente es que cada Progenitor tenga resuelto sus ingresos económicos mas allá de lo que corresponde a los hijos. Este es uno de los puntos más conflictivos de la separación y que debe quedar claro desde el comienzo.
En los juicios evitar la modalidad de acusaciones y denuncias hacia la otra parte, que solo genera mayores conflictos. Evitar hacer intervenir dentro del Juicio a los Familiares directos (Abuelos, Tíos). Ser concientes ambos de la veracidad de la situación económica, evitando esconder o exigir mas de lo posible.
Lo único definitivo judicialmente es el Divorcio, salvo que vuelvan a casarse o a estar juntos, tanto la Tenencia de los Hijos, los Alimentos y el Régimen de visitas, son siempre pasibles a modificaciones y de hecho ocurre a través de una larga etapa de infancia, en donde la relación vincular y económica varía y debe replantearse.
En caso de presentarse nuevas Parejas, corresponden ubicarse en su rol, sin asumir el Paterno ó Materno, salvo que la ausencia se deba a decisión propia del Alejamiento y se compense cubriendo el afecto faltante con una figura más participativa. Si así ocurriera ante los hijos será “a Pareja del progenitor”, que los ama y cuida, nunca un reemplazo al verdadero progenitor. Respetar las nuevas relaciones Formales de Pareja, evitando las reiteradas presentaciones y reemplazo de nuevas parejas ante los hijos.
El esfuerzo de los primeros meses de un Divorcio ó Separación, basándose en el respeto, en la búsqueda de acuerdos, es la mejor inversión a Futuro.
José María Bouza - Presidente de APADESHI
Dante Alfredo Miceli - Secretario de APADESHI
APADESHI Asociación de Padres Alejados de sus hijos - Argentina
“Papás, Mamás, Abuelas / os, Tías /os , Nuevas Parejas, hijos recuperados ,en defensa del Derecho de los Hijos al vinculo con ambos Padres”
www.apadeshi.org.a
1 comentario:
LEY DE IGUALDAD = CUSTODIA COMPARTIDA NO = LEY DEL FEMINISMO
MINISTERIO DE IGUALDAD = MINISTERIO DEL FEMINISMO
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