El Gobierno provincial, a través de Fiscalía de Estado, presentó ayer al mediodía una denuncia penal contra los responsables de la empresa minera SOMICA DEM -durante la gestión anterior- por supuestos ilícitos cometidos a partir de la comercialización de la piedra semipreciosa rodocrosita.
La presentación interpuesta por el fiscal Marcos Denett ante la Fiscalía de Delitos Especiales, a cargo de Marcelo Sago y Miguel Maubecín, se basa principalmente en la denuncia formulada ante la Dirección de Sumarios e Investigaciones Administrativas de Fiscalía de Estado por el empresario Juan Carlos Berberian.
Es que Berberian trabajó con la rodocrosita en forma industrial y adquiría el mineral por medio de Fabricaciones Militares, hasta que abandonó la actividad en razón del aumento de precios.
A partir de 1990 se privatizó la extracción y la venta de la piedra rodocrosita, la que recayó en manos de la empresa SOMICA DEM, empresa estatal con participación mayoritaria en sus acciones. Tras unos años de gestión, frente a diversas irregularidades, se hizo un llamado a licitación por la cual resultó beneficiaria la Empresa Minera Andina S.A., propiedad de Víctor Contreras.
“Con el cambio de los directivos de la empresa Minera Andina se hizo casi imposible el suministro al mercado interno de la piedra rodocrosita y su variedad de Ortiz Fina. Los nuevos representantes fueron Ricardo López y José López, antiguos clientes de dicha empresa, los cuales tienen en su contra, según el denunciante, actuaciones penales por robo y contrabando”, se menciona en un párrafo de la denuncia. También se menciona que los contratos de Licitación Pública de Minera Andina con SOMICA DEM, cuyo director fuera en ese momento Raúl Doering, "no eran respetados", ya que la empresa se comprometía al suministro del mineral al mercado interno a los artesanos lo cual no sucedía, pero sí se exportaba, ya que desde SOMICA DEM se autorizaba el transporte y la venta de rodocrosita al extranjero.
Según la denuncia de Berberian, el señor José López "firmaba contratos con distintos clientes, pero solo vendía la producción a uno solo de ellos; y contaba con un stock de 120 toneladas de rodocrosita en un depósito de Hong Kong (China), situación de la cual tenía conocimiento (Raúl) Doering, a esa fecha presidente de SOMICA DEM".
El Estado, sin beneficios
Según un informe de la Dirección de Minería de la provincia, entre
los años 2008-2011 se produjo un promedio de 160.000 kilogramos de
rodocrosita de producto bruto y 130.000 de producto seleccionado, lo
cual contrasta con la denuncia pública efectuada por el actual
interventor de SOMICA DEM, David de la Barrera, quien en declaraciones a
El Ancasti puso en conocimiento de que la Provincia no recibió
“absolutamente ningún beneficio económico” de la importante explotación
llevada adelante sobre este mineral semiprecioso, el cual cotiza incluso
en dólares en el mercado internacional. De la Barrera agregó además que
la empresa fue sancionada a pagar “multas millonarias” por
incumplimientos a la normativa relativa al transporte de mineral
extraído de Minas Capillitas. Por esta razón el fiscal Denett solicita a
la Justicia que cite para declarar a De la Barrera y Berberian.
Otros puntos
En la denuncia también se advierte lo siguiente:
Librar oficio al Ministerio de Producción para que informe sobre
la explotación de rodocrosita por parte de la empresa SOMICA DEM, los
valores comprometidos, cantidad de material extraído y comercializado,
valor de los mismos, material exportado y proveedores intervinientes.
Todo ello desde el reinicio de la explotación por parte del Estado y
hasta el presente, como también información que resulte de interés para
la dilucidación de la presente causa.
Se libra oficio a la Delegación de la Interpol en nuestro país
para que informe sobre los antecedentes del contrabando de mineral
rodocrosita y/o fósiles a los Estados Unidos de Norteamérica por parte
del señor José López.
Formular denuncia penal en contra de los responsables de la
empresa SOMICA DEM y todos aquellos que resulten responsables de los
supuestos hechos ilícitos expuestos en la presente.
Determinación de la posible comisión de delitos perseguibles de oficio.
Fuente: El Ancasti
Fuente: El Ancasti
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