Decreto Reglamentario "S" Nº 777/08, adhesión y autoridad de aplicación, Ordenanza Municipal Nº 008/09 Artículo 6º sobre la Prohibición de fumar en locales públicos y en los vehículos de transporte urbano de pasajeros.
La Municipalidad promoverá la prevensión, recuperación y rehabilitación de la salud física y mental de la comunidad, propiciando todo hecho, acción o conformación de organismos tendientes a la protección de la salud.
Cuidemos la salud entre todos.
La Municipalidad promoverá la prevensión, recuperación y rehabilitación de la salud física y mental de la comunidad, propiciando todo hecho, acción o conformación de organismos tendientes a la protección de la salud.
Cuidemos la salud entre todos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario