viernes, 22 de febrero de 2013

Se firmó la reglamentación de los recursos de Regalías Mineras

Prevé la creación de la Unidad de Gestión de Proyectos Productivos. La integrarán varios ministerios.Finalmente, se firmó el decreto que reglamenta la ley provincial 5128 de Regalías Mineras sobre la distribución y administración de los fondos recaudados por este concepto, cuyos proyectos de inversión –con su respectivo estudio y aprobación- deberán ingresar por el Ministerio de Producción y Desarrollo.
Establece la creación de la Unidad de Gestión de Proyectos Productivos en el ámbito del Ministerio de Producción y Desarrollo, la que estará integrada por un representante titular y uno alterno de los siguientes organismos: Ministerio de Producción y Desarrollo; Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Obras Públicas; Ministerio de Servicios Públicos y la Secretaría General de la Gobernación, que tendrá por finalidad analizar, evaluar, asesorar, formular, proponer y aprobar la ejecución de los proyectos de inversión para obras de infraestructura y capacitación para actividades productivas, presentados por los municipios y financiados con fondos provenientes de las regalías mineras. Y podrá convocarse a todo otro organismo que por la naturaleza del proyecto resulte conveniente su participación. La Unidad de Gestión de Proyectos Productivos deberá crear un Banco de Proyectos Productivos, el que registrará y procesará la información obtenida a partir del análisis, formulación y discusión de proyectos y estudios que se realicen, los cuales estarán a disposición de los municipios. El Ministerio de Producción y Desarrollo ejercerá la presidencia, con facultades para convocarlo y reglamentar su funcionamiento.
También prevé que los proyectos financiados con los recursos previstos en los artículos 1º, 2º inciso b), 4º, 5º y 7º de la ley 5128 para financiar las obras de infraestructura para el desarrollo económico y capacitación para actividades productivas, que se encuentren en otros organismos, deberán ser remitidos a la Unidad de Gestión de Proyectos Productivos dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo, para su tratamiento y evaluación antes de su ejecución, como así también los nuevos proyectos a ejecutar financiados con regalías mineras. Luego de constatado el cumplimiento de los aspectos legales necesarios será remitido al municipio de origen, con copias al Tribunal de Cuentas para el control establecido por la ley 5128. El Poder Ejecutivo suspenderá el envío de fondos a los municipios que no remitan los proyectos a la Unidad de Gestión de Proyectos Productivos dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo.
A su vez, los recursos transferidos a los municipios deberán ser invertidos para la ejecución de los proyectos en un plazo que no supere los 180 días de haber sido aprobados, situación que de no ser cumplida determinará la suspensión del envío de fondos, derivándolos a una cuenta especial hasta que el municipio incumplidor restituya e invierta las sumas correspondientes. Y en el caso de no observarse lo señalado, los fondos serán invertidos en la ejecución de proyectos en el municipio correspondiente (de acuerdo con los propuestos por la unidad de gestión de proyectos). Cuando los municipios depositen los recursos en operaciones financieras de plazo fijo los intereses producidos también serán aplicados para la ejecución de proyectos conforme al presente instrumento legal.
El Ministerio de Producción y Desarrollo dictará las normas reglamentarias del mencionado decreto en un plazo no mayor a los 60 días de la fecha del presente instrumento legal.
Consta de 13 artículos y especifica que los fondos derivados de las regalías mineras ingresarán automáticamente en una cuenta especial a la orden y bajo la administración del municipio respectivo; y que se aplicarán única y exclusivamente para financiar obras de infraestructura para el desarrollo económico y capacitación para actividades productivas. “Se prohíbe a los municipios financiar con ellos gastos corrientes, otorgar créditos y garantizar los mismos, siendo responsables y pasivos de las sanciones administrativas, civiles y penales correspondientes los funcionarios que autoricen o consientan la violación de tal prohibición”, se advierte en los considerandos de la reglamentación.
Y se encomienda al Ministerio de Producción y Desarrollo la coordinación para que conjuntamente con los organismos del Poder Ejecutivo Provincial acuerden anualmente la distribución, destino y aplicación de los fondos previstos en la ley de regalías.

Minera Silver Standard
En la jornada de ayer, representantes de la empresa minera Silver Standard se reunieron con el ministro de Producción y Minería, Ángel Mercado.
En la oportunidad, Marcelo Lobo Rodríguez, acompañado por Angus Innes y Favio Casarin, gerentes de Exploración y Relaciones Institucionales en Argentina de Silver Standard, respectivamente, confirmaron a Mercado la instalación de la empresa en Catamarca para comenzar a realizar trabajos de exploración.
Los empresarios ya cuentan con una oficina en esta ciudad capital. Las autoridades locales solicitaron a los empresarios que contraten a abogados de la provincia para los respectivos trámites de tipo administrativo.
A Silver Standard le interesa, particularmente, la búsqueda de plata. La zona elegida para los trabajos de exploración es Antofagasta de la Sierra.
Actualmente, en Argentina la empresa minera está operando en Jujuy (Pirquitas).

Canadá
A su vez, trascendió que en el viaje a Canadá que encabezará la gobernadora, Lucía Corpacci, en los primeros días de marzo, las autoridades locales se reunirán con el presidente de la compañía Silver Standard.

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