lunes, 13 de agosto de 2012

Ley de glaciares: explican que no es necesario prohibir la minería


 La geóloga de la Universidad Nacional de Catamarca (UNCA), que encabeza la investigación para determinar el inventario de glaciares en la provincia, Adriana Niz, explicó que si en un área glaciar o periglaciar se desarrolla alguna actividad minera, ésta no se tiene que prohibir, sino que se tendrá que determinar cómo realizarla sin alterar esa zona concretamente. Es decir, se tendrán que establecer ciertos controles a la actividad. “Si nosotros fuéramos a disminuir las actividades del hombre en toda una región porque se llame periglaciar, en realidad no podríamos hacer casi nada”, sentenció.
Niz también aclaró que no solo la minería puede impactar en el ámbito ambiental, también lo hacen otras actividades, como por ejemplo, de comunicación o turística. “Toda actividad del hombre tiene un impacto en mayor o menor medida en el ámbito ambiental”, acotó.
Con este tipo de estudios, explicó, se trata de determinar dónde, cómo y en qué dimensiones se encuentran a lo largo del área cordillerana de nuestra provincia las manifestaciones periglaciares que deben ser preservadas. Y dentro de esas áreas delimitar sectores que son “bastantes puntuales y localizados. Las zonas glaciares están expuestas, son claras. La dificultad está en delimitar manifestaciones periglaciares que tambien contienen agua", explicó.
Acerca de la postura de algunos sectores "anti" mineros que piden la aplicación de la ley nacional (ver aparte), para prohibir las explotaciones de yacimientos, la geóloga remarcó la importancia de la intervención científica en este tipo de estudios, ya que consideró que "al ser temas muy álgidos muchas veces desde el desconocimiento se deforman a la hora de la interpretación”.
"Es importante que se puedan hacer serios estudios neutrales en los cuales se pueden establecer con rigor científico, cuáles son las áreas donde efectivamente tenemos manifestaciones glaciares y periglaciares".
Acerca de la investigación, explicó que tienen un plazo de cinco meses para realizar la primera etapa, que se centrará en una evaluación expeditiva, y una cartografía general de cuales son las áreas periglaciares de la provincia. "El sector con glaciares es muy puntual", aclaró.
"Nosotros tenemos el área de Aconquija, donde hay manifestaciones periglaciares. Un área periglaciar no es solo la que rodea a un glaciar, sino que dentro de esa área hay otras manifestaciones concretas que se deben mapear y preservar, por ejemplo, los glaciares de escombro, roca, o suelos congelados". A su vez agregó que "Nosotros no tenemos potentes áreas de glaciares propiamente dichas, pero sí tenemos lagos congelados y otras manifestaciones similares", concluyó.

La ley 26.639 prevé la realización del inventario
El artículo quinto de la ley nacional 26.639 de Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglaciar establece la realización de un inventario y monitoreo del estado de los glaciares y zonas periglaciares.
El estudio será realizado por el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), en coordinación con gobiernos provinciales y la colaboración de universidades nacionales.
Según la normativa, las actividades que quedan prohibidas son aquellas que puedan afectar la condición natural de los glaciares. Entre ellas la liberación de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen, se incluyen aquellas que se desarrollen en el ambiente periglaciar; la construcción de obras de arquitectura o infraestructura ; la exploración o explotación minera; la instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales.
El Gobierno nacional será la autoridad de aplicación en forma coordinada con las autoridades provinciales, en el ámbito de Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA).

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