martes, 24 de noviembre de 2015

Plan de forestación integral urbana

Andalgalá © El Concejo Deliberante de la ciudad de Andalgalá aprobó, por mayoría, un proyecto de ordenanza que regula el forestación urbana.

La norma regula la planificación, gestión, protección, recuperación, promoción y fomento del arbolado público.

El instrumento "establece requisitos técnicos y trámites para realizar la plantación, conservación, erradicación y reimplantación de los mismos en la ciudad de Andalgalá”, según dijo el edil informante, quien agradeció el aporte del prosecretario, Marcelo Luna, autor de la iniciativa que finalmente fuera aprobada en la sesión ordinaria 30/ 2015.

Se considera arbolado público a toda especie vegetal, leñosa y/o arbustiva existente sobre la línea municipal de plantación como ser parques, plazas, espacios verdes y todo lugar de dominio público municipal, donde "el frentista es el custodio directo del o los árboles que se dispongan frente a su domicilio, el ejercicio de sus derechos y obligaciones queda sujeto a las condiciones de la ordenanza, el frentista es el custodio lo que no significa que pueda cortar un árbol sin la autorización municipal de igual modo plantar o reimplantar un árbol”.

La autoridad de aplicación es la Secretaría de Obras Públicas ya que el arbolado público se  considera un servicio, en los anexos de la norma se fija las condiciones en cuanto a la poda, cuando esté en riesgo de caerse, su muerte prematura, estado de decrepitud u otra contingencia.

Fuente: http://www.catamarcactual.com.ar/informacion-general/2015/11/24/plan-forestacion-integral-urbana-101957.html

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