lunes, 5 de diciembre de 2011

Locales - Política: Normativa para la venta de Artículos de Pirotecnia en Andalgalá

Prohibido la venta de Pirotecnia sin autorización
 La Municipalidad de Andalgalá, a través de la Dirección de Inspección General y de Tránsito comunica a los señores Comerciantes interesados en el Expendio de Artículos de Pirotecnia, que deberán solicitar la correspondiente AUTORIZACIÓN, mediante nota hasta el 15 de Diciembre del corriente año, y los locales tienen que estar debidamente habilitados por el Municipio a tales fines, tanto en las condiciones edilicias como en los elementos de seguridad contra incendio.
Contar con el Certificado de la División de Explosivos de la Policía de la Provincia sobre la mercadería de pirotecnia que ponga a la venta. Dicho Trámite es personal y deberán dirigirse a la Base de la División de Explosivos, ubicada en Avenida Agote (Maipú Norte) a tres cuadras de la Avda. México. El certificado es expedido de forma gratuita.
De acuerdo al Art. 117º de la ordenanza Impositiva Municipal (0.I.M.) está TOTALMENTE PROHIBIDA la venta de los mencionados productos a menores de 15 años.
La violación a la presente norma dará lugar a la aplicación de multas a los responsables de la venta y el decomiso de la mercadería que no posea la debida autorización por el RENAR.
Actuemos con responsabilidad, juntos festejemos con seguridad.
Lleva la firma del Director de Inspección General y de Tránsito Hugo Ernesto Moreno.

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