domingo, 27 de diciembre de 2015

Por Ley, se creó el Consejo Provincial de Salud Bucal

Así lo indica el Decreto N° 2160. Se trata de una institución que unificará criterios y coordinará actividades de prevención y asistencia.

Recientemente, entró la vigencia la Ley N° 5451 con el cual se crea el Consejo Provincial de Seguridad Vial. Así quedó asentado en Decreto N° 2160, del Boletín Oficial del 22 de diciembre último. De este modo, este Consejo tiene como objetivo unificar criterios y coordinar la participación de los organismos que lo integran, en la definición de políticas odontológicas prioritarias en materia preventiva y asistencial.

De acuerdo con el articulado de esta flamante ley, el órgano de aplicación será la Dirección de Odontología del Ministerio de Salud de la Provincia. Para la concreción de los propósitos, se convocarán a distintos organismos como el Colegio de Odontólogos de Catamarca, Círculo Odontológico de Catamarca, el área de Odontología Municipal y el Servicio de Odontología del Hospital Interzonal de Niños Eva Perón (HINEP).

Las reuniones se realizarán en forma bimestral, a menos que se requiera otra convocatoria por tema puntual a tratar, estipula el articulado. Los asistentes serán las autoridades máximas de cada organismo convocado o a quién ésta designe como representante. En el seno de las reuniones se decidirá la nómina de integrantes por institución, como de comisiones a fin de trabajar en ejes determinados o eventos puntuales enmarcados en la naturaleza de este foro. Además, el Poder Ejecutivo Provincial deberá asignar las partidas presupuestarias a tal fin. En un plazo de 60 días, la flamante ley debe ser debidamente reglamentada.

Esta Ley se complementa con otra que se publicó hace casi tres meses en el Boletín Oficial catamarqueño. En octubre, entró en vigencia la Ley Nº 5441 que establece el marco normativo sobre la aplicación de selladores de fosas y fisuras en elementos dentarios permanentes como así también la topicación con flúor en niños de edad escolar.

Con este instrumento legal, se pretende promover y desarrollar programas destinados a prevenir las enfermedades bucodentales, tanto del ámbito público como privado, articular acciones entre la Dirección Provincial de Odontología y la Dirección Nacional de Odontología a tal fin y, por último, insertar como contenido curricular en el Nivel Primario, y en el currículum para formación de docentes de Nivel Primario, el capítulo de Salud e Higiene Buco Dental.

Este Ley establece que es obligatoria la aplicación de selladores de fosas y fisuras en niños que tengan la erupción completa de molares y premolares permanentes. Los selladores de fosas y fisuras pueden hacerse en el ámbito público o privado y una vez finalizada la aplicación debe extenderse un certificado que así lo acredite. Es condición indispensable para el comienzo del ciclo lectivo la acreditación de dicho certificado y validación al final del ciclo, advierte la normativa.

CARIES
Según información de la Organización Mundial de la Salud (OMS), entre el 60 al 90 % de los niños en edad escolar y casi el 100 % de los adultos tienen caries en todo el mundo. Éstas pueden causar enfermedades.

Fuente: http://www.elancasti.com.ar/info-gral/2015/12/27/ley-creo-consejo-provincial-salud-bucal-283446.html

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