El juez Forner sentenció a Julio Omar Bracamonte a la pena de 2 años en
suspenso y la inhabilitación para conducir por 5 años.
Después de más de 10 años de ocurrido el hecho, ayer se
dictó la sentencia en contra de Julio Omar Bracamonte, quien fue
encontrado culpable y condenado a 2 años de prisión en suspenso por
causar la muerte de Juan Calixto Vedia en un accidente de circulación.
Además,
se condenó a la Municipalidad de Andalgalá y a la empresa Lazo -para la
que trabajaba el imputado-, a pagar solidariamente un resarcimiento
económico de más de 140.000 pesos.
El accidente ocurrió el 17 de
febrero de 2005 cuando Bracamonte, al mando de un colectivo, salió en
retroceso sin advertir la presencia de la víctima, al que arrolló y le
causó lesiones que terminaron costándole la vida. La causa llegó a
juicio oral después de 10 años a raíz de una serie de apelaciones,
nulidades y otras idas y vueltas que sufrió el expediente durante el
proceso.
La pena fue dictada por el juez Marcelo Forner y coincidió con lo solicitado por el fiscal de instrucción Alejandro Dalla Lasta.
Una
vez concluido el debate, el abogado defensor del condenado Víctor
García repudió categóricamente la condena impuesta por el juez, ya que
aludió que la culpa recaía totalmente sobre la víctima que, con su
accionar negligente, produjo el desenlace fatal.
En este
sentido, García aseguró que aguarda la lectura de la sentencia a fin de
evaluar cuáles fueron los argumentos que llevaron al juez a dictar la
sentencia en contra de su defendido.
Fuente: http://www.elesquiu.com/noticias/2015/05/08/208585-condenaron-a-un-colectivero-por-un-accidente-fatal-despues-de-10-anos
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