jueves, 30 de mayo de 2024

El Senado dio sanción definitiva a la Ley de Emergencia Económica de la Provincia

CUARTA SESIÓN ORDINARIA. La Cámara de Senadores de la provincia realizó este jueves su cuarta sesión ordinaria encabezada en la ocasión por la vicepresidenta del Cuerpo, senadora Andrea Lobo.  En la misma se convirtió en Ley la Emergencia Económica, además de acompañar Decretos enviados por el Ejecutivo y otras iniciativas parlamentarias.

Acceso al nivel inicial

En primer término, el Pleno dio media sanción al proyecto de resolución presentado por el senador Ariel Cordero mediante el cual se solicita al Poder Ejecutivo remita un informe detallado del cumplimiento de la Ley 26.206 y de Ley Provincial N° 5381 en la provincia de Catamarca, particularmente con respecto a lo normado con relación a los derechos de niños y niñas de acceder al nivel inicial.

Conforme al articulado se requiere que se detalle el plan estratégico en materia de política educativa a los fines de garantizar el acceso de todos los niños y niñas de la Provincia, al nivel inicial con el personal idóneo.

De igual manera se pide expedir, de forma pormenorizada la cantidad de niños y niñas de la

Provincia de Catamarca, que tienen acceso ai nivel inicial y que cuentan con el personal idóneo para impartir las clases, así como los resultados del “Programa Puentecito” en la Provincia el cual tiene por objetivo la revinculación de los niños y niñas de zonas rurales con el sistema educativo.

La solicitud del Senador por Ancasti obedece a que "existe un gran número de alumnos y alumnas, sobre todo en las zonas de gran ruralidad de nuestra provincia que hoy no tienen acceso al nivel inicial con el personal idóneo correspondiente".

Emergencia económica

Asignándole a la Ley el N° 5.842, el Senado otorgó sanción definitiva a Declarar la emergencia económica, financiera, administrativa y educativa del Estado Provincial, comprendiendo a toda organización y jurisdicción mencionada en el articulo 1° y 2° de la Ley N° 4938 de Administración Financiera, De los Bienes y Sistemas de Control del Sector Público, por el término de un (1) año desde la entrada en vigencia de la presente ley. Dicho plazo podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo por una sola vez y por el término de un (1) año más.

Conforme el articulado,  la presente ley tiene por objeto resguardar la prestación efectiva de los servicios esenciales del Estado Provincial, por lo que es de aplicación al Poder Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Tribunal de Cuentas y Municipios.

Asimismo, establece la creación de la Comisión de Seguimiento e Implementación de esta ley, la que estará integrada por representantes del Poder Ejecutivo, de las Cámaras de Senadores y Diputados del Poder Legislativo, Corte de Justicia de la Provincia y Tribunal de Cuentas, y será presidida por el Ministerio de Economía del Poder Ejecutivo Provincial.

Fue el senador Ramón Figueroa Castellanos quien tomó la palabra para fundamentar dicha Ley considerando que “las medidas económicas implementadas y programadas desde el Gobierno Nacional hacen prever un contexto recesivo de la economía nacional durante el ejercicio anual 2024. Es así que Catamarca ha visto sensiblemente recortados sus ingresos por la falta de envío de fondos nacionales no automáticos, lo que acarrea como consecuencia directa que el Estado Provincial debe asumir responsabilidades de pago que hasta diciembre de 2023 fueron afrontadas por Nación. Asimismo los recursos provenientes de la Coparticipación Federal de Impuestos sufrió una pérdida real del 20% en el primer trimestre del año, comparado con el mismo periodo del 2023, producto de la menor recaudación nacional”.

En este sentido, el Legislador agregó entre otros puntos que “las medidas, procuran asegurar la utilización eficiente de los recursos y reducir los gastos de funcionamiento del Estado, estableciendo un horizonte de previsibilidad en su accionar, mediante una gestión que comprenda a los tres poderes que conforman el Estado Provincial y los municipios”.

Respuesta Integral

Seguidamente, se convirtió en Ley N° 5843 la iniciativa de las diputadas Cecilia Guerrero (MC) y Claudia Palladino respecto a brindar respuesta integral e intersectorial a la infección por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), las hepatitis virales, otras infecciones de transmisión sexual (ITS) y la tuberculosis en todo el territorio de la Provincia.

En la normativa se entiende por respuesta integral e intersectorial a aquella que basada en la estrategia de la atención primaria de salud (APS) garantizando: la investigación, prevención integral y combinada, diagnóstico, tratamiento, cura, asistencia interdisciplinaria, incluidas asistencia social, legal, psicológica, médica y farmacológica; prueba para el diagnóstico de infección por estas patologías; la reducción de riesgos y daños del estigma, de la discriminación y la criminalización hacia las personas con VIH, hepatitis virales, tuberculosis e ITS; entre otras.

“El Estado tiene un rol vital en la promoción y resguardo del derecho humano a la salud. Resulta fundamental dotarlo de herramientas y capacidades para el ejercicio de esta función de manera eficaz e inclusiva” señaló el senador José Alaniz Andrada quien dio lectura a los fundamentos subrayando que “para la construcción y fortalecimiento de un sistema coordinado de respuesta integral, se torna imprescindible impulsar mecanismos de articulación no solo entre todos los subsistemas de la salud, sino también entre el Estado y las organizaciones abocadas a la defensa de los derechos de las personas afectadas”.

Derogación

La Cámara Alta también prestó acuerdo al Decreto 407/24 del Poder Ejecutivo Provincial que tiene como finalidad la Derogación del Decreto-Ley N" 4.007 "Régimen de Promoción Minera" y su modificatoria Ley Provincial N“5.591".

Como miembro informante, la senadora Virginia Del Arco explicó que “la vigencia del Decreto-Ley N° 4.007 y sus modificatorias, resulta contradictorio con las políticas tributarias actuales y su aplicación redundaría en un perjuicio económico al erario público del Estado Provincial, por la merma de importantes ingresos de origen fiscal, en razón de las exenciones que consagra dicho régimen respecto a los impuestos de sellos, inmobiliario, automotor y de regalías mineras y de todo otro impuesto Provincial creado con excepción del canon minero.

Modificación de la Ley de OSEP

Otro de los Decretos del Ejecutivo aprobados por el Senado tiene que ver con el 398/24. El mismo apunta a la modificación de la Ley N° 3.509 "Obra Social de los Empleados Públicos".

"Este proyecto busca equilibrar las finanzas de Osep para asegurar una base mínima de ingreso garantizando una atención equitativa a todos sus afiliados" pronunció la representante del departamento Paclín  al tiempo de que se garantiza también un cálculo mínimo para sus aportes que estará dado por el salario mínimo vital y móvil tanto para los afiliados obligatorios como para los particulares.

"Asimismo se incorpora el aporte de todos los beneficiarios de Agap, se otorgan facultades de reglamentación al Director de Osep para que pueda actualizar los aportes y se da lugar a una solicitud histórica como ampliar la atención de los beneficiarios voluntarios, hijos estudiantes mayores de 21 años hasta la edad de 30 años" comentó Del Arco mencionando además otras modificaciones en base al Nuevo Código Civil y pidiendo el acompañamiento en función de la necesidad de generar las condiciones  de sustentabilidad para la OSEP.

Declaraciones

Impulsados los proyectos por la senadora Virginia Del Arco, Mario Gershani y Ramón Figueroa Castellanos, la Cámara Alta aprobó dos declaraciones de Interés.

Contando con despacho de Comisión, el Pleno declaró de Interés Cultural y Legislativo, la presentación del libro "Renaciendo, del abuso sexual a una vida plena", desde el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, como herramienta estratégica territorial para la prevención y concientización del abuso sexual.

Sobre tablas, el Cuerpo acompañó la iniciativa por la que se declaró de Interés Parlamentario y Social al "Aniversario N° 50 del Hospital Dr. Dermidio Herrera", cuya celebración fue el 25 de mayo . El mismo está ubicado en la localidad de Villa Dolores, Departamento Valle Viejo.

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