La Cámara de Diputados, que preside del diputado Fernando Jalil, dio media sanción a la ley de creación del Sistema de Consulta Digital (SCD) de prestaciones sanitarias y toda prestación de salud para los afiliados. La iniciativa parlamentaria pertenece a los diputados Marisa Nóblega y Rubén Herrera.
Objetivo
El objetivo del mismo es obtener una solución tecnológica de alta confiabilidad, que facilite a los afiliados contar con información fidedigna médica y administrativa, proveyendo al mismo tiempo de vinculación operativa por medio de un nexo común, respetando los diferentes niveles de tecnología existentes.
El alcance del diseño y desarrollo de un Sistema de Información estará limitado, en primera instancia, a prestar servicio en el área de consulta de los servicios de medicina general, y prestaciones especializadas solicitadas por el afiliado. La aplicación permitirá llevar a cabo de un control sobre la asignación de órdenes de prestación realizadas por medios físicos y electrónicos por ante la Entidad emisora y servicios tercerizados.-
Página web
La ley dispone la habilitación de un link en la página web de la Obra Social de los Empleados Públicos de la provincia de Catamarca, a través del cual cada afiliado, mediante un nombre de usuario y contraseña otorgados a ese fin, pueda consultar su situación de demanda y consumo de las prestaciones sanitarias generales y especializadas.
La consulta al SCD sólo tendrá carácter informativo y no generará obligación o reconocimiento alguno por parte del afiliado de las prestaciones registradas; sirviendo como respaldo documental para el caso en que se verificasen errores de registro o cualquier acto distorsivo de estos.-
La implementación del SCD, en materia de asignaciones informáticas o desarrollo web; así como su acceso por sistemas electrónicos, no generará ningún costo al afiliado, ni tendrá límite de consulta; debiendo la entidad emisora garantizar su actualización periódica y la fidelidad de los datos.
Los gastos que demanden la implementación del SCD, así como su actualización y mantenimiento, deberán salir de las partidas presupuestarias asignadas a la correspondiente ejecución presupuestaria anual.-
La presente Ley es complementaria al decreto Ley Nº 3509.-
Fuente: https://www.elesquiu.com/politica/2018/11/28/crearan-sistema-de-consulta-digital-en-osep-307576.html
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