En el día de la fecha la Municipalidad de Andalgalá, emitió el D E C R E T O N° 0384/2020, por el cual el Municipio Adhiere a la etapa roja "aislamiento estricto", a partir de las 00:00 horas del día lunes 02 de noviembre de 2020 hasta el miércoles 11 de noviembre de 2020.
Andalgalá, 02 de noviembre de 2020.-
D E C R E T O N° 0384/2020.-
V I S T O:
El Decreto S. – Seg. N° 1979/2020 emanado del Poder Ejecutivo Provincial,
de fecha 02 de noviembre de 2020, mediante el cual se prorroga en todo el territorio de la
provincia, la etapa roja identificada como “aislamiento estricto”, a partir de las 00:00 horas
del día lunes 02 de noviembre de 2020 y hasta el día miércoles 11 de noviembre de 2020; y,
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto S. – Seg. N° 1978 el Ejecutivo Provincial, dispone la
implementación de la etapa roja a partir de las 00:00 del día sábado 31 de octubre y hasta
el lunes 02 de noviembre de 2020 inclusive, al cual el municipio adhirió mediante Decreto N°
0383/20.
Que, asimismo el Ejecutivo Provincial mediante Decreto S – Seg. N° 1854
aprueba la “tabla de indicadores de evaluación del riesgo sanitario covid-19” y las
“definiciones de etapas de convivencia” elaboradas por la “comisión sanitaria covid-19”, al
cual el Municipio de Andalgalá Adhiere mediante Decreto N° 0369/20.
Que en el territorio de nuestra jurisdicción municipal se han detectado casos
de COVID-19, en total tres; sin que al día de la fecha se hayan reportado más casos de
personas infectadas con el virus, tomando desde las áreas competentes, todas las medidas
para evitar la propagación y existencia de nuevos casos.
Que las decisiones que en adelante se tomen se fundan en la necesidad de
transitar entre las distintas etapas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y
“distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, como así también en la de establecer
restricciones a la circulación y actividades conforme la situación epidemiológica de cada
jurisdicción, que dispone el D.N.U. N° 792/2020; y en la necesidad de brindar parámetros claros
y de conocimiento público para el paso de una situación a otra.
Que el Decreto Provincial dispone que las “Etapas de Convivencia” se
identificarán con colores: verde, amarillo y rojo, definiendo cada una de ellas las actividades
permitidas, condiciones y horarios conforme surge de los Anexos que forman parte del citado
instrumento legal.
Que de acuerdo a la tabla de indicadores de evaluación del riesgo
sanitario, la Provincia se encuentra actualmente en la etapa identificada con color rojo,
pudiendo modificarse de acuerdo a la variación de los mismos, según análisis realizado por la
“Comisión Sanitaria COVID-19”.
Que en nuestro municipio la situación epidemiológica indica que debemos,
conforme a la tabla de indicadores de evaluación del riesgo sanitario, prorrogar la etapa de
convivencia “roja”.
Que el Artículo 49 de la Carta Orgánica Municipal que establece: “La
Municipalidad promoverá la prevención, recuperación y rehabilitación de la salud física,
social y mental de la comunidad, propiciando todo hecho, acción o conformación de
organismos tendientes a la protección de la salud”.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias, el Sr. Intendente
Municipal:
DECRETA
ARTÍCULO 1°: ADHIÉRASE la Municipalidad de Andalgalá, a los términos del Decreto S. – Seg.
N° 1979/2020 emanado del Poder Ejecutivo Provincial, de fecha 02 de noviembre de 2020,
mediante el cual se prorroga en todo el territorio de la provincia, la etapa roja identificada
como “aislamiento estricto”, a partir de las 00:00 horas del día lunes 02 de noviembre de 2020
y hasta el día miércoles 11 de noviembre de 2020.
ARTÍCULO 2º: NOTIFÍCASE del presente a todas las Dependencias Municipales, a los fines de
su conocimiento y accionar que hubiere lugar.
ARTÍCULO 3°: COMUNÍQUESE, DÉSE al Registro Municipal, Publíquese y ARCHIVESE.
Ing. RAUL EDUARDO CORDOBA
Intendente
Municipalidad de Andalgalá
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