Carlos Fabian ex Intendente de Antofagasta de La Sierra - Denunciado por faltante de regalías |
Un informe oficial proveniente del Tribunal de Cuentas (TC) de la provincia señala los recursos que el municipio de Antofagasta de la Sierra, durante la gestión de Carlos Fabián, extrajo de la cuenta corriente especial de Regalías Mineras con destino a la caja de la comuna. En este sentido, da cuenta que el Ejecutivo municipal debe devolver la suma de $2.194.500 a la cuenta especial de regalías.
De acuerdo a la nota del TC 514/15 dirigida a la gobernadora, el objeto es “elevar el informe correspondiente al ejercicio 2012 previsto en el marco de las disposiciones de la Ley N° 5128 de ‘Distribución y Administración de Fondos de Regalías Mineras’”,
En este orden, aclara que el documento es “en razón de advertir que, a partir de las auditorías integrales ordenadas por el TC, se nos ha informado transgresiones al manejo de fondos por parte de diferentes municipios de nuestra provincia susceptibles de ser comunicados en los términos de lo que la norma mencionada establece”.
Pese a que el período analizado es el correspondiente al 2012, el TC aclara que “teniendo en cuenta la imposibilidad de plasmar en el presente informe la totalidad de los antecedentes, se exponen las conclusiones a que arribaron los equipos de auditoría en su oportunidad, quedando a disposición los informes respectivos a fin de que puedan ser consultados en caso que así lo consideren”.
Según lo expuesto en el informe “Área Auditoría por Objetivos N° 24 del 2014”, el municipio de Antofagasta de la Sierra “ha extraído de la cuenta corriente especial de Regalías Mineras durante el período 2012, el monto de $1.680.000,00”, los cuales tuvieron por destino la caja del municipio. En este sentido, advierte que “los mismos no fueron aplicados para financiar conceptos autorizados” por el artículo 5 de la normativa provincial 5128 -de Regalías Mineras-.
Así, en el informe del TC señala que en documentos “el intendente municipal (en este período, Carlos Fabián) aclara que en el período 2012 ‘no se ejecutó ninguna obra con fondos provenientes de Regalías Mineras’”.
Por otra parte, según el citado informe, advierte que “los intereses por el depósito a plazo fijo por $514.500,00 que se generan en una cuenta corriente registrada en un banco privado no son ingresados a la cuenta especial de Regalías Mineras” lo que, en concordancia con un dictamen de Relatoría Legal del TC, “se interpreta que los intereses que se produzcan por el depósito a Plazo Fijo seguirán la suerte de lo principal, esto es, que serán considerados como producido de las Regalías Mineras”.
En este orden, indica que “los citados intereses fueron transferidos a otras cuentas a nombre del municipio, desde donde realizan gastos no encuadrados en las previsiones” de la normativa provincial de regalías mineras (ver cuadro).
Es por ello que el TC concluye: “En el período bajo análisis, el monto total de fondos de Regalías Mineras que la Municipalidad de Antofagasta de la Sierra debería reintegrar a la cuenta especial es de $2.194.500”.
Por otra parte, el Tribunal revisor aclara que “lo informado responde exclusivamente a los aspectos contables verificados por los auditores, encontrándose en trámite la inspección de lo relativo a los avances y/o ejecución de las obras proyectadas, de cuyos resultados se informará una vez concluidas las mismas”.
Jefe comunal
Cabe señalar que el actual intendente de Antofagasta de la Sierra, Julio Taritolay, presentó una denuncia penal contra Fabián. La misma aduce que el exjefe comunal habría hurtado 4 millones de pesos que serían correspondientes a las regalías mineras. Asimismo, el período planteado en la acusatoria por el actual intendente parte desde el 17 de noviembre al 4 de diciembre del 2015.
Normativa provincial
La ley provincial 5128 indica que “los recursos especificados y distribuidos (...) ingresarán automáticamente en una cuenta especial a la orden y bajo la administración del municipio respectivo y se aplicarán única y exclusivamente a financiar obras de infraestructura para el desarrollo económico y capacitación para actividades productivas”. Asimismo, prohíbe “a los municipios financiar con ellos gastos corrientes, otorgar créditos, garantizar los mismos”.
Además, aclara que el TC “realizará una auditoría anual para controlar el cumplimiento de la disposición y prohibición precedentes” y que en caso de incumplimiento comprobado, el Ejecutivo “suspenderá de inmediato el depósito de los fondos, derivándolos a una cuenta especial hasta que el municipio respectivo restituya e invierta las sumas correspondientes”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario